Dra. Aracelly De León / Directora IMUP

En 1994 la Convención de Belém do Pará es el primer tratado internacional del mundo que consagró el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Establece obligaciones positivas de los Estados para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

La Convención de Belém do Pará ha sido ratificada por 32 Estados Parte del continente americano

Estos Estados conforman la Conferencia de Estados Parte de la Convención, uno de los órganos rectores del MESECVI.

Panamá es parte de la Convención de Belém Do Pará desde el 20 de abril de 1995, mediante la Ley N°12 de 1995.

Las responsabilidades de los Estados Parte en el proceso del MESECVI incluyen:

  • Formular el Estatuto y el Reglamento del MESECVI y velar por su cumplimiento
  • Adoptar los planes y programas de trabajo del MESECVI y evaluar su ejecución
  • Responder al cuestionario circulado por el Comité de Expertas
  • Implementar las recomendaciones elaboradas por el Comité de Expertas
  • Informar sobre los indicadores de seguimiento

La convención establece tres tipos de violencia:

Violencia física – Violencia sexual-Violencia psicológica

Y Dos Ámbitos De Violencia: En la vida privada y en la vida pública

MESECVI (2004-2024)

La implementación efectiva de la Convención requiere un proceso de evaluación y apoyo continuo e independiente, para lo cual se creó en 2004 el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI).

El MESECVI es una metodología de evaluación multilateral sistemática y permanente, fundamentada en un foro de intercambio y cooperación técnica entre los Estados Parte de la Convención y un Comité de Expertas/os.

El MESECVI analiza los avances en la implementación de la Convención por sus Estados Parte, así como los desafíos persistentes en las respuestas Estatales ante la violencia contra las mujeres.

¿Cómo funciona el MESECVI ?

El MESECVI funciona por rondas de evaluación y de seguimiento que incluyen:

•Evaluación de informes, aportados por los Estados Parte de la Convención, sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la violencia contra las mujeres; y

•Seguimiento de la ejecución de las recomendaciones formuladas por las Expertas.

El Comité de Expertas es el órgano técnico del Mecanismo, integrado por Expertas designadas por cada uno de los Estados Parte.

La Conferencia de Estados Parte es el órgano político, conformado por todos los Estados Parte.

Las Organizaciones de la Sociedad Civil intercambian información y experiencias con

los Estados Parte y las Expertas para fortalecer la implementación de la Convención.

Estatuto del MESECVI

Artículo 1. Propósitos / objetivos

A. Dar seguimiento a los compromisos asumidos por los Estados Parte de la Convención y analizar la forma en que están siendo implementados;

B. Promover la implementación de la Convención y contribuir al logro de los propósitos establecidos en ella; y

C. Establecer un sistema de cooperación técnica entre los Estados Parte para el intercambio de información, experiencias y mejores prácticas como medio de alcanzar los objetivos vinculados a la Convención.

Los 4 pilares del MESECVI son

  • Secretaría Técnica: Enlace
  • Conferencia de Estados Parte: Implementan Convención, Información sobre sus políticas.
  • Comité de Expertas: Informes Nacionales y Hemisféricos, Recomendaciones, Seguimiento
  • Sociedad Civil: Monitoreo y seguimiento, Informes Sombra.

La Sociedad Civil está representada dentro del Mecanismo a través de diferentes organizaciones no gubernamentales que tienen como misión y objetivo la promoción, defensa y protección de los derechos de las mujeres.

Las organizaciones de la sociedad civil (OSC) pueden participar en el proceso del MESECVI durante las etapas de evaluación, análisis y seguimiento de las recomendaciones del Mecanismo, mediante la presentación de Informes Sombra al Comité de Expertas.

Igualmente, las OSC pueden apoyar al Mecanismo con la difusión de los informes nacionales, hemisféricos y de seguimiento, así como con el monitoreo y seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones formuladas por el Comité de Expertas.

El MESECVI diseñó un Sistema de Indicadores de Progreso para dar cuenta del accionar del Estado cuyo objetivo es monitorear el cumplimiento de las obligaciones según cada derecho y compromiso enunciado por la Convención de Belém do Pará.

Los Indicadores Estructurales:

  • Reflejan aprobación de Instrumentos Internacionales
  • Analizan cómo se organiza aparato institucional y sistema legal
  • Examinan el marco normativo y estrategias del Estado      

Los Indicadores de Proceso:

  • Miden calidad y magnitud de esfuerzos del Estado
  • Analizan cobertura y contenido de estrategias, planes, programas.
  • Vigilan aplicación de políticas púbicas        

Los Indicadores de Resultados:

  • Reflejan logros y estado de realización de derechos
  • Miden impacto real
  • Proveen medidas de la performance del Estado       


A través de los indicadores se busca:

  • Cuantificar y calificar el proceso para hacer efectivos los derechos humanos de las mujeres.
  • Conocer si para cada obligación existen políticas públicas, planes o actividades específicas y si el Estado está garantizando mecanismos de reclamos, quejas o acceso a la justicia para dichas obligaciones.
  • Establecer si la información que se produce es periódica, confiable, sistemática y respeta las pautas metodológicas internacionales y regionales.

¿Qué se mide?

1)Legislación

2)Planes nacionales

3)Acceso a la justicia

4)Información y estadística

5)Diversidad

6)Presupuesto

Estos indicadores se dividen a su vez en categorías de:

Recepción del derecho

Estructural: Incorporación del concepto de violencia basada en género de acuerdo con la definición de la Convención, en la legislación de violencia, tanto en el ámbito público como en el ámbito privado.

Proceso: Número de funcionarias o funcionarios desagregados por sexo que reciben denuncias de mujeres víctimas de violencia.

Resultado: Tasa de violencia con base en encuestas: número de niñas y adolescentes, mujeres adultas y adultas mayores, que declaren haber sido víctimas de cualquier forma de violencia, por rango de edad (psicológica, física, sexual, patrimonial, económica, institucional, política y otras), dividido por el total de mujeres en esas mismas edades, multiplicado por 100.000

Contexto financiero básico y compromisos presupuestarios

Estructural:  Presupuesto Nacional con identificación de fondos asignados por ley para el mecanismo de las mujeres y/o la erradicación de la violencia contra las mujeres.

Proceso: Publicación de informes sobre asignación presupuestaria y ejecución de acciones asociadas a combatir la violencia contra las mujeres.

Resultado: Porcentaje del presupuesto asignado y ejecutado para los servicios por parte de víctimas de violencia en sus diversas manifestaciones: – de atención telefónica – de atención jurídica – de atención de la salud.

Capacidades estatales

Estructural: Existencia de protocolos de investigación criminal sobre delitos de violencia contra las mujeres, femicidios/feminicidios, muertes violentas de mujeres, violencia sexual, desaparición de mujeres y trata de mujeres con enfoque de género.

Proceso: Número de tribunales y fiscalías especializadas con cobertura o que conozcan la materia sobre violencia contra las mujeres: En los ámbitos civil, penal u otros.

Resultado: Número y porcentaje de procesos penales iniciados por el delito de femicidio/feminicidio, homicidio, asesinato o muerte violenta de mujeres, incluyendo en grado de tentativa y frustración versus número y porcentaje de procesos penales con sentencia (condenatoria o absolutoria) por el delito de femicidio, homicidio, asesinato.

Por qué es importante medir…

Las respuestas de los Estados proporcionan información clave para avanzar en el diseño e implementación de políticas públicas, medidas y acciones para alcanzar una vida plena y libre de violencia para las mujeres de la región.

Reuniones del MESECVI

Las reuniones son fundamentales a la operación del MESECVI, ya que proporcionan un espacio esencial de diálogo, de intercambio de visiones, opiniones y experiencias y de evaluación entre pares.

El MESECVI opera mediante dos tipos de reunión:

La Conferencia de Estados Parte, que reúne a las Autoridades Nacionales Competentes y otras representantes de los Estados que han firmado y/o ratificado la Convención de Belém do Pará para discutir los informes nacionales y las recomendaciones elaboradas por el Comité de Expertas, validar y adoptar el Informe Hemisférico, tratar cuestiones rutinarias de la operación del MESECVI e intercambiar ideas sobre la implementación efectiva y sostenible de la Convención.

Las Reuniones de Expertas, que congrega a las integrantes del Comité de Expertas para validar y adoptar el cuestionario que inicia cada Ronda de Evaluación Multilateral, analizar los informes nacionales y preparar recomendaciones, validar y adoptar el cuestionario que inicia cada Ronda de Seguimiento y discutir otras cuestiones conceptuales y metodológicas relacionadas con la implementación de la Convención.

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