Desde la perspectiva del Derecho Marítimo Internacional, la protección de los océanos se sustenta en un conjunto de instrumentos jurídicos desarrollados principalmente bajo el liderazgo de la Organización Marítima Internacional (OMI), organismo especializado, encargado de promover la seguridad marítima y la preservación del medio marino. Entre ellos destaca el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL 73/78), considerado el principal marco regulatorio para prevenir la contaminación generada por los buques, mediante normas sobre hidrocarburos, sustancias nocivas, residuos, aguas residuales y emisiones atmosféricas. A través de sus distintos anexos, MARPOL ha contribuido significativamente a reducir el impacto ambiental de la navegación comercial y a promover prácticas más sostenibles dentro de la industria marítima.

Asimismo, el Convenio Internacional para el Control y la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques (BWM Convention 2004), busca evitar la propagación de especies invasoras a través del agua de lastre, la cual es utilizada por los buques para mantener su estabilidad durante la navegación; sin embargo, cuando es descargada en puertos distintos a aquellos donde fue tomada, puede introducir especies invasoras capaces de alterar ecosistemas enteros y afectar actividades económicas como la pesca y el turismo. Para enfrentar este problema, el convenio exige la implementación de sistemas de tratamiento que permitan eliminar o neutralizar organismos potencialmente perjudiciales antes de su descarga.

A estos instrumentos se suman el Convenio de Londres sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos (LC 1972) y el Convenio Internacional sobre Preparación, Respuesta y Cooperación en materia de Contaminación por Hidrocarburos (OPRC 1990), que fortalecen la prevención y respuesta frente a incidentes ambientales en el mar.

La protección de los océanos también encuentra fundamento en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS 1982), conocida como la “Constitución de los Océanos”, que establece la obligación de los Estados de proteger y preservar el medio marino. Para Panamá, como Estado ribereño, administrador del Canal de Panamá y uno de los principales registros de buques del mundo, el cumplimiento de estas normas constituye una responsabilidad estratégica que contribuye a la sostenibilidad ambiental, la seguridad marítima y la competitividad del sector marítimo nacional.

En el marco del Día Mundial de los Océanos, resulta oportuno recordar que la protección de los mares no depende únicamente de los avances tecnológicos o de la cooperación internacional, sino también de un sistema jurídico eficaz capaz de armonizar el desarrollo económico con la protección de los ecosistemas marinos. Los convenios marítimos internacionales representan, precisamente, ese compromiso colectivo de la comunidad internacional para garantizar que los océanos continúen siendo fuente de vida, desarrollo y bienestar para las generaciones presentes y futuras.

Autor: Marlenys Guevara G.

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